Emite CEDH Recomendación a Ayuntamiento de Orizaba

por La Tia Justa

***Por enfrentamiento con comerciantes de Ixhuatlancillo

Orizaba

Por: Alex López

Mediante un comunicado, el delegado regional de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) con sede en Córdoba, Manuel Antonio Sánchez Hernández, dio a conocer que este organismo emitió una nueva recomendación al Ayuntamiento de Orizaba, esta se deriva por el uso desproporcionado e indebido  de  la fuerza  pública en  contra   de   comerciantes   indígenas   originarios  del municipio de Ixhuatlancillo los días 20 de febrero y 5 de abril de este año.

Las quejas son: COR/094/2016 y COR/199/2016, por ello la CEDH recomendó al Ayuntamiento de Orizaba iniciar el procedimiento administrativo y/o sancionatorio correspondiente,  y  sean sancionados  conforme a derecho  proceda,  el titular y demás  policías  de la Dirección de Seguridad  Pública municipal  del H. Ayuntamiento de Orizaba, que participaron  en los hechos  ocurridos  el 20 de  febrero  y 5 de  abril del año  en curso, por  las violaciones a derechos  humanos  cometidas  en  agravio  de  la parte  quejosa, específicamente  su derecho  a la integridad  personal.  Debiéndose  informar a esta  Comisión.

En el documento se da a conocer:

PRIMERA.

A) Sea  iniciado  el  procedimiento   administrativo  y/o  sancionatorio   correspondiente,  y  sean sancionados  conforme a derecho  proceda,  el TITULAR Y DEMÁS  POLICÍAS  DE LA DIRECCIÓN DE SEGURIDAD  PÚBLICA MUNICIPAL  DEL H. AYUNTAMIENTO DE ORIZABA VERACRUZ, que participaron  en los hechos  ocurridos  los días veinte de  febrero  y cinco de  abril del año  en curso, por  las violaciones a derechos  humanos  cometidas  en  agravio  de  la parte  quejosa, específicamente  su derecho  a la integridad  personal.  Debiéndose  informar a esta  Comisión Estatal, del trámite y resolución que se realice y dicte en dicho procedimiento  administrativo.

B) Sean exhortados  los aludidos servidores públicos, para  que  en lo sucesivo, se abstengan de incurrir en comportamientos como los observados  en la presente  Recomendación, y con ello, se garantice el respeto a los derechos humanos de los comerciantes indígenas de Ixhuatlancillo, Veracruz. Debiéndose  acordar,  en  ese  sentido,  el compromiso  de  los elementos  policiales responsables,  para que no sean tomadas  represalias y/o se cometan  actos de hostigamiento  y molestias en contra de la parte quejosa.

C) Les sean impartidos cursos de capacitación a los elementos  policiales responsables,  en materia de derechos  humanos  y de respeto  a la integridad personal.

D) En un plazo razonable,  implementar  una Guía, Manual o Protocolo de actuación sobre el uso de la fuerza para los elementos  de la Dirección de Seguridad Pública del H. Ayuntamiento de Orizaba, Veracruz, que esté apegado al marco normativo vigente y a tratados  internacionales sobre la materia.

 SEGUNDA.

Con base en lo dispuesto  por los artículos 168 y 172 del Reglamento  Interno que rige a esta

Comisión Estatal de  Derechos  Humanos  de  Veracruz, se  le comunica  a  la autoridad  que dispone de QUINCE  DÍAS HÁBILES, para informar sobre la aceptación o rechazo de la presente Recomendación y, de ser aceptada, dispone de QUINCE  DÍAS HÁBILES ADICIONALES para hacer llegar a este Organismo, las pruebas  correspondientes a su cumplimiento. Debiendo significar que  el plazo  concedido  podrá  ser ampliado,  a solicitud debidamente fundada  y motivada, dirigida a la Presidencia de esta Comisión.

TERCERA.

Para el caso de que, dentro  de los plazos indicados por la disposición legal citada en el punto

anterior, no se reciba respuesta  o no sea debidamente cumplida esta Recomendación  en los términos  planteados,  de  conformidad  con lo que  dispone  el artículo 102 apartado B  de  la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esa entidad  pública municipal deberá fundar, motivar y hacer  pública su negativa; por otra  parte,  esta  Comisión Estatal estará  en posibilidades de solicitar su comparecencia ante el Congreso  del Estado de Veracruz, a efecto de que explique el motivo de la misma.

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