**Votaron en contra del proyecto por diversos motivos los magistrados Indalfer Infante, Felipe Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón.
La Sala Superior del Tribunal Electoral rechazó la apelación de legisladores del Partido del Trabajo contra el proceso de Va por México (PRI-PAN-PRD) que derivará en una candidatura presidencial.
La mayoría de los magistrados votó en contra del proyecto de la magistrada Janine Otálora, quien mantiene la postura de que los procesos de la oposición y Morena son un intento de fraude a la ley.
Sin embargo, votaron en contra por diversos motivos los magistrados Indalfer Infante, Felipe Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón.
Aquí las posturas expresadas en sesión pública:
-Janine Otálora (ponente): El proceso implica la comisión de fraude a la ley y las conductas deberían cesar, pues atentan gravemente contra los pilares que sustentan la democracia. No comparto que cuestiones fácticas y el comportamiento de los partidos conduzcan al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a realizar interpretaciones que generan un sistema paralegal.
-Indalfer Infante: no veo inconveniente, mientras no exista evidencia de un proselitismo que ponga en riesgo la equidad.
-Felipe Fuentes Barrera: la convocatoria está dentro de los parámetros de la Constitución; el proceso no vulnera los tiempos de campaña, pues busca definir un cargo partidista.
-Reyes Rodríguez: “suspender no es la única ética correcta”; la vulneración a los principios puede evitarse si se emiten lineamientos para definir actos permitidos y se eviten actos anticipados de precamapaña.
Durante el debate, se aprobó una orden al Instituto Nacional Electoral (INE) para que emita lineamientos para regular y fiscalizar este y todos los procedimientos partidistas de características similares, por lo que también regularían los actos de Morena.
Los lineamientos deben respetar los siguientes parámetros:
-No se pueden utilizar las prerrogativas de radio y televisión de los partidos políticos para difundir o posicionar estos procesos partidistas ni a las personas que participan en ellos.
-No está permitido el uso de recursos públicos y las personas servidoras públicas deben acatar su deber de neutralidad e imparcialidad.
-Siguen prohibidos los actos anticipados de precampaña y campaña.
-El INE debe definir qué tipo de propaganda está permitida, valorando la permanencia o retiro de la propaganda masiva en espectaculares, vehículos de transporte público y pintas de bardas. Además, debe garantizar el retiro de la propaganda que considere prohibida.
-Se debe implementar una fiscalización especializada para vigilar el origen y destino de los recursos utilizados en estos procesos, contabilizando todas las actividades y propaganda que beneficie o posicione a las personas participantes. El INE deberá emitir un informe con los gastos contabilizados y definir la consecuencia de esta fiscalización.