El Estado mexicano reconoció parcialmente su responsabilidad, pero pidió no ser condenado argumentando que faltaban instancias internas para resolver el caso.
Tras una larguísima audiencia que duró casi cinco horas, los representantes legales de la familia de Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena que murió el 26 de febrero de 2007 tras ser víctima de una violación tumultuaria por parte de efectivos del Ejército Mexicano, solicitaron este jueves a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que emita una condena contra el Estado mexicano por la violencia sexual, tortura y muerte de la víctima hace 18 años.
“Las pruebas deben llevar a la Corte a la conclusión de que el Estado es responsable por la violencia sexual y tortura que miembros del Ejército mexicano perpetraron contra doña Ernestina Ascencio Rosario, dando como resultado su muerte por la omisión estatal de garantizarle la atención médica adecuada y oportuna”, declaró en una audiencia ante la CorteIDH la representante de la víctima, Carmen Herrera.
La CorteIDH llevó a cabo este jueves una audiencia por este caso que se refiere a la violación y posterior muerte por falta de atención médica de la mujer indígena náhuatl de 73 años de edad, así como por la falta de acceso a la información del caso y de una investigación adecuada de los hechos que se mantienen en la impunidad.
Los sucesos ocurrieron el 25 de febrero de 2007 en la comunidad de Tetlatzinga, en la Sierra Zongolica, estado de Veracruz, un día en el que Ascencio salió a pastorear y luego fue encontrada por su hija tirada en el suelo y en mal estado físico.
La mujer dijo que fue violada por miembros del Ejército y murió un día después en un hospital luego de haber sido rechazada su atención en cinco centros médicos, según la demanda presentada ante la CorteIDH por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Martha Inés Ascencio, hija de la víctima, exigió justicia en español, pese a que la mayor parte de la audiencia la habló en su lengua originaria: nahuátl
“Las autoridades estatales no solo ignoraron el testimonio del ataque sexual por pronunciarlo en su lengua, desestimaron evidencia clave, desviaron y archivaron indebidamente la investigación e intentaron frustrar la búsqueda de justicia de la familia”, expresó Herrera.
Los representantes solicitaron a la CorteIDH una sentencia “contundente” contra el Estado mexicano en la que ordene medidas de no repetición y de reparación, así como que se realice una investigación seria, imparcial e independiente de los hechos que abarque perfiles genéticos para identificar a los responsables.
Durante la audiencia, se exhibió que un intermediario del gobierno de Veracruz, identificado como René Huerta, intentó convencer a las hijas de Ernestina Ascencio de no investigar la muerte de su madre, además de ofrecerle un viaje a la Basílica de Guadalupe en la Ciudad de México, con todos los gastos pagados, para que se desistieran de exigir justicia para su madre.
Reconocimiento parcial del Estado
Por su parte, el Estado mexicano reconoció parcialmente su responsabilidad y expresó su compromiso con la defensa de los derechos humanos y con el acatamiento de las disposiciones de la CorteIDH.
“El Estado reconoce, de la manera más respetuosa, que no se cumplieron plenamente las obligaciones estatales de garantizar los derechos a la vida y a la salud de la señora Ernestina, una mujer indígena y adulta mayor, cuyas condiciones de vulnerabilidad debieron ser atendidas con prioridad y urgencia”, expresó en la audiencia la directora general de Derechos Humanos y Democracia de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México, Jennifer Feller.
Agregó que en este caso hubo falta de acceso a servicios médicos oportunos y que las autoridades judiciales no realizaron una investigación adecuada que se enfocara en la condición de mujer, indígena y adulta mayor de la víctima.
Feller manifestó el compromiso del Estado mexicano de “conducir una investigación independiente e imparcial” y de llevar a cabo “todas las acciones necesarias para reparar a la familia y evitar la repetición” de hechos similares.
Después de la audiencia de este jueves, las partes tendrán hasta el 3 de marzo del 2025 para entregar a la CorteIDH sus alegatos y observaciones finales por escrito, así como sus excepciones preliminares. Posteriormente, la Corte tendrá que emitir una sentencia definitiva, aunque no se especificó el plazo.
(Con información de EFE)