Improcedente sancionar a Alcalde y Síndica de Córdoba por violencia de género contra Isamar Balderas: TEV*

por La Tia Justa

 

– Magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz determinaron inexistentes los hechos denunciados por la Regidora Isamar Balderas.

Xalapa, Ver.- Los magistrados integrantes del Tribunal Electoral de Veracruz declararon improcedente la demanda de la regidora Isamar Balderas Flores, de sancionar al Presidente Municipal Juan Martínez Flores y la Síndica Vania López González por violencia política de género, toda vez que no se acreditaron los hechos denunciados.


En efecto, al resolver el expediente TEV-JDC-509/2022, el Tribunal Electoral de Veracruz determinó como infundada la demanda de Isamar Balderas, pues no logró comprobar que el alcalde y la síndica hayan obstaculizado su cargo, ni mucho menos hayan realizado actos constitutivos de violencia política de género.
“La ponencia propone declarar infundado el agravio relacionado con la supuesta omisión del presidente municipal de someter al cabildo el planteamiento relacionado con la solicitud de otorgar a la Regidora dé el visto bueno a los asuntos de Asentamientos Humanos porque no es facultad de una regiduría”, señala el proyecto de sentencia.
“En cuanto a la obstaculización atribuida a la Síndica, en el proyecto se determina de calificar de infundado al no advertirse elemento alguno que evidencie la intención de restarle capacidad a la Regidora Isamar Balderas”, se señaló durante la sesión de fecha 20 de octubre de 2022.

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