Esperaba gemelos y sufrió aborto tras negligencia médica en el IMSS

por La Tia Justa

**No fue valorada adecuadamente en su Unidad Médico Familiar ni en un hospital especializado.

 

Una mujer embarazada que esperaba gemelos buscó atención médica en hospitales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), pero la falta de un tratamiento adecuado le provocó un aborto.

Es la conclusión de una indagatoria de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que presentó una serie de recomendaciones al IMSS.

El expediente dice que la mujer buscó atención médica el 16 de abril de 2020 en una Unidad Médico Familiar, tras presentar hinchazón, dolor de articulaciones, columna y riñones.

El doctor “descalificó” sus síntomas y la canalizó con una enfermera especialista, quien le dijo que debería recibir atención en un hospital de segundo nivel de atención, ya que era un embarazo de alto riesgo.

Fue hasta el 13 de mayo cuando en la Unidad Médico Familiar le dieron pase para el Hospital de Gineco-Obstetricia “Magdalena de las Salinas”. Ella acudió un día después a pedir la cita con el doctor especializado, pero se la dieron hasta el 26 de mayo.

Sin embargo, la mujer aprovechó la visita para entrar al área de urgencias a pedir una valoración. En ese momento le practicaron un ultrasonido y le dijeron que los bebés estaban bien, aunque le recetaron un medicamento para una infección de vías urinarias.

Unos días después, el 25 de mayo, la mujer se encontraba en el baño en su domicilio y escuchó “como si un globo se reventara y todo el líquido se salió”, perdiendo de esa manera los dos productos de la gestación, de 19 semanas.

La mujer consideró que su atención prenatal fue inadecuada, ya que desde el inicio de su embarazo debió ser canalizada al siguiente nivel de atención, a fin de que se le practicaran los estudios médicos especializados.

La CNDH determinó que hubo violaciones a los derechos humanos de una persona derechohabiente: se vulneró el derecho humano a la protección de la salud de la víctima.

La mujer contaba con antecedentes de un embarazo previo, con legrado por muerte intrauterina, de 26 semanas de gestación, circunstancias que no fueron adecuadamente valoradas por el médico tratante, dice la investigación.

Tampoco se tomó en consideración que la infección que presentaba era un factor de relevancia, ya que podría provocar un aborto, tal como sucedió once días después.

Entre otros aspectos que abarca la recomendación, se concluyó que existió una importante afectación psicológica causada a la víctima y su expectativa de ser madre, ya que se le realizó una Oclusión Tubaria Bilateral, por lo que no podrá embarazarse de nuevo.

“…generando con ello un daño a su integridad física y su expectativa en relación con su capacidad y autonomía reproductiva, vulnerando su derecho a elegir el número de hijos y su espaciamiento”.

Derivado de lo anterior, la CNDH solicita al director general del IMSS reparar integralmente el daño causado a la víctima, incluyendo para ello la medida de compensación correspondiente y coadyuvar con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para proporcionar la atención que requiera la mujer.

También deberán investigarse la participación de las personas que participaron en la atención médica.

Información de Aristegui Noticias

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