***El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en Guanajuato revocó la suspensión provisional contra la reforma a Guardia Nacional.
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en Guanajuato revocó la suspensión provisional otorgada a organizaciones civiles contra la reforma que integra la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
Dicho amparo había sido otorgado por el Juez Noveno de Distrito en la entidad, y por la cual la Sedena había interpuesto un recurso de queja para revertir la decisión.
“Concluimos entonces recurso de queja administrativa 758/2022 queda resuelto por unanimidad de votos en los términos siguientes: fundado recurso y en la materia del mismo revoca suspensión provisional para negarla”, se detalló en la sentencia.
Apenas el 13 de octubre, la organización Uniendo Caminos México había informado que el Juzgado Noveno de Distrito en Guanajuato había concedido una suspensión provisional que frenaba la incorporación de la Guardia Nacional a la Sedena.
La resolución ordenanba que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) mantuviera el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, y en caso de que la transferencia haya iniciado, deberá deshacerse.
Uniendo Caminos México argumentaba que la transferencia de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional inhibe el ejercicio de derechos esenciales porque los militares carecen de adiestramiento para realizar tareas de seguridad pública.
El presidente Andrés Manuel López Obrador publicó la noche del 9 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dicha reforma sobre la Guardia Nacional, que había sido aprobada por los senadores mexicanos horas antes con 71 votos a favor, 51 en contra y una abstención, la del coordinador del gobernante Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Ricardo Monreal.
A través del proyecto de Decreto enviado por el Ejecutivo se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de la Guardia Nacional, de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública Federal.
Información: López Doriga