*** Propone el diputado Ciro Gonzalo Félix Porras reforma a la Ley de Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para que se persiga de oficio y protejan a la víctima
Xalapa, Ver.–Las órdenes de protección para mujeres o niñas en situación de violencia –expedidas por la autoridad competente– tendrían carácter de urgente y temporal, y en ningún caso estarían condicionadas a la presentación de denuncia alguna, conforme a la Iniciativa de Reforma a la Ley de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que presentó el diputado local Ciro Gonzalo Félix Porras.
Durante la Novena Sesión Ordinaria, propuso reformar el artículo 42 y adiciona el 42 Bis a la citada ley, para que las órdenes de protección se otorguen de oficio por el Ministerio Público o el órgano jurisdiccional competente, desde el momento en que se conozca de algún hecho de violencia.
Para los casos de urgencia, las autoridades con funciones de seguridad podrán implementar de manera inmediata las medidas de protección necesarias para salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de las víctimas, sin que ello implique forzosamente la iniciación de una denuncia.
En su propuesta legislativa, turnada a las comisiones permanentes unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y Para la Igualdad de Género, el diputado Félix Porras indica que es importante contar con criterios objetivos mínimos que permitan a cualquier autoridad identificar el estado de riesgo para las mujeres y niñas en situación de violencia, que les permita solicitar de inmediato la orden de protección correspondiente.
De aprobarse esta reforma, las autoridades emisoras y ejecutoras de dichas órdenes deberán observar los principios de protección, considerar a la víctima como primordial para salvaguardar su vida y seguridad; de necesidad y proporcionalidad, para responder a las urgencias de la víctima, y de confidencialidad, para reservar la información derivada del respectivo proceso.
En tribuna, Félix Porras recordó que el protocolo para juzgar con perspectiva de género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hace mención a uno de los resultados más significativos de la reforma constitucional en materia de derechos humanos –del 10 de junio de 2011–, que considera que la persona, al igual que sus derechos, se coloca como eje central del sistema de justicia.