• Se busca evitar daños al medio ambiente y a los ciclos hidrológicos que ponen en riesgo la producción del campo.
Con 33 votos a favor, cero en contra y sin abstenciones, este Congreso aprobó que la legislación estatal penal incorpore a los llamados delitos ambientales, sancionables por la vía penal, la alteración del ciclo hidrológico con el uso de tecnologías en perjuicio de la seguridad agroalimentaria.
Durante la Octava Sesión Ordinaria, el Pleno votó el Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal, así como de las leyes De Mitigación y Adaptación ante los Efectos del Cambio Climático y De Protección Ambiental, todos ordenamientos estatales, suscrito y puesto a consideración del Pleno por las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y De Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático.
El documento expone la intención del proponente acerca de que el uso de dichas tecnologías no derive en perjuicio alguno, ya que lo que se busca es “evitar daños al medio ambiente y a los ciclos hidrológicos que ponen en riesgo la producción del campo”.
En cuanto a la modificación a los artículos de la Ley Número 878 Estatal de Mitigación y Adaptación ante los Efectos del Cambio Climático, según el dictamen, se busca privilegiar el rescate del cultivo de temporal, así como brindar asesoría a los ayuntamientos por parte de la Secretaria de Medio Ambiente en relación con la seguridad alimentaria como consecuencia de la operación de los programas en atención al Cambio Climático, así como corregir el desequilibrio que éste genera en los cultivos que se producen en los ecosistemas, así como establecer que el estado y municipios tengan como prioridad, dentro de este rubro, la protección al medio ambiente.
Esta reforma, propuesta por el diputado Paul Martínez Marie mediante una iniciativa presentada en Sesión Ordinaria el 9 de noviembre de 2023, se encuentra vinculada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible que integran la Agenda 2030 como se refiere a continuación: Objetivo 13: Adoptar medidas urgentes para combatir el Cambio Climático y sus efectos.
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