*** El parque “21 de Mayo” estará libre de anuncios publicitarios este fin de semana
Córdoba, Ver.- En cumplimiento a la resolución emitida por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) para liberar el parque 21 de Mayo de cualquier material publicitario, este viernes se procedió con el retiro de material publicitario que no se encuentre regulado por el Instituto y contravenga la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas.
Más allá de las disposiciones legales, el Ayuntamiento privilegió el diálogo con las partes involucradas para restablecer la imagen del parque “21 de Mayo”, por lo que a partir de este mismo viernes, se procedió al retiro de un conjunto de letras, en tanto que los parasoles de los lustradores dejarán de tener una imagen comercial.
Por su parte, Jesús Iván Díaz Martínez, coordinador Jurídico del Ayuntamiento, destacó que de acuerdo a un oficio signado por el entonces director del centro INAH Veracruz, Arqueólogo Nahúm Noguera Rico, con fecha de 30 de mayo del 2014, en términos del artículo 42 del reglamento de la Ley Federal sobre monumentos y zonas arqueológicas, artísticas e Históricas, solicita el apoyo del Ayuntamiento para proceder al retiro de todo aquel material publicitario que no reúna los requisitos legales que marca este artículo.
El funcionario municipal explicó que de acuerdo al artículo 42, se menciona que “cualquier anuncio, cartel o información que no tenga la autorización del INAH, sea retirado ya que se encuentra del marco de la ley”.
Por lo que en virtud de privilegiar el diálogo y coadyuvar en las indicaciones emitidas por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), el Ayuntamiento de Córdoba notificó este aparcamiento a una empresa local para el retiro de su publicidad colocada sobre las jardineras de la avenidas 1 y 3 del parque 21 de Mayo.
De igual forma, este apercibimiento se notificará a la brevedad a cualquier negocio o empresa situado en el Centro Histórico para el retiro de publicidad que contravenga lo establecido en el artículo 42, respetuosos del marco legal establecido por el INAH.