Informa Sefiplan que se ejercerá el pago de la Pensión Alimenticia para Adultos Mayores

por La Tia Justa

Xalapa, Ver., 29 de julio de 2015.- El titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), Antonio Gómez Pelegrín, informó que el pasado 28 de julio se reunieron los miembros del Consejo de Administración de la Ley 223. Durante el encuentro, celebrado en Palacio de Gobierno, se enfatizó sobre las indicaciones del gobernador Javier Duarte de Ochoa para la realización del pago a los beneficiarios del Programa de Pensión Alimenticia para Adultos Mayores de 70 años del Estado de Veracruz.

Ante ello, y para no violentar la normativa que constituye esa legislación, el organismo acordó analizar el padrón de favorecidos, con la finalidad de no incurrir en ilegalidades y brindar el apoyo a quienes realmente lo necesitan.

La normativa establece que los beneficiarios deben ser vecinos, con residencia permanente en el territorio del estado, al menos por 20 años; tener como mínimo 70 años cumplidos; no contar con alguna pensión de los institutos Mexicano del Seguro Social (IMSS), de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y de Pensiones del Estado (IPE), Petróleos Mexicanos (Pemex), Comisión Federal de Electricidad (CFE), Fuerzas Armadas o de cualquier sistema de pensiones o de seguridad social, ya sea privado, del Estado, Federación o de empresas paraestatales.

Los requisitos deberán revisarse en un plazo no mayor a 20 días, para liberar el padrón oficial, a fin de que las instancias correspondientes también liberen y entreguen este apoyo económico lo antes posible.

Gómez Pelegrín destacó que la instrucción ha sido clara sobre incorporar al mayor número de personas de la tercera edad a un sistema de seguridad social; por ello, el Gobernador ha gestionado ante las instituciones federales la posibilidad de seguir añadiendo a todos los adultos mayores que aún no cuentan con este recurso dentro de las pensiones del esquema +65, que opera el Gobierno de la República y que permite que accedan a este beneficio a una edad menor a la que exige la Ley estatal.

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