***Dos consejeros afirmaron que el instituto no tiene la facultad de realizar estos cambios, pues sostienen que le corresponde a las legislaturas estatales.
El Instituto Nacional Electoral (INE) realizó cambios al Reglamento de Elecciones para establecer una estructura mínima de personal técnico y especializado que debe operar en los Organismos Públicos Locales (OPL) en las 32 entidades del país.
El cambio se dio para intentar garantizar la operación de los organismos, ante posibles recortes presupuestales en los Congresos estatales. El caso citado más extremo, en sesión del Consejo General, es el de Colima, que llevó al mínimo sus funciones por falta de recursos.
Se aprobó con ocho votos a favor y tres en contra (uno de ellos en voto particular de la consejera Norma de la Cruz).
Los principales argumentos en contra provinieron de Carla Humphrey y Uuc-kib Espadas.
Humphrey aseguró que este cambio viola el principio de subordinación jerárquica de las leyes, pues se pretende alterar el contenido de una disposición de rango superior, que es la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Según su análisis legal, el INE no tiene la capacidad de establecer la base reglamentaria para que los organismos locales cuenten con una estructura mínima.
El consejero Uuc-kib Espadas consideró que esta facultad de regulación le corresponde a los legisladores.
En sus intervenciones, afirmó que sí existe una “embestida” desde el poder contra la autoridad electoral, pero sostuvo que le corresponde a la ciudadanía frenar el embate.
Pero este Instituto no puede, no tiene la facultad para detener esos embates legislativos. Votaré en contra del acuerdo que se presenta, porque considero que, en efecto, se trata de materia legislativa, no porque la embestida traducida en leyes tenga legitimidad política o legitimidad democrática, ni siquiera legitimidad legal, pero eso corresponde decidirlo, por un lado, a los tribunales y remediarlo a los electores de cada estado.
La consejera Dania Ravel explicó que estas modificaciones permitirán a los institutos electorales contar con personal especializado que tenga a su cargo desarrollar las funciones de organización electoral, educación cívica y capacitación electoral, prerrogativas y partidos políticos, igualdad de género y no discriminación, jurídico-contencioso, administración e informática.
Afirmó que la soberanía de los estados y la libertad configurativa de los congresos locales quedan a salvo, ya que estas modificaciones únicamente establecen un piso mínimo en la estructura ocupacional de los Organismos Públicos Locales Electorales.
El consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, dijo que este acuerdo busca garantizar el cumplimiento de la reforma electoral de 2014, en la que se estableció un Sistema Nacional de Elecciones y buscó profesionalizar la función electoral, así como homogenizar y estandarizar el modo en el que se realizaban las elecciones en este país.
Este acuerdo, aseguró, busca contribuir a un sistema electoral a nivel federal y local sustentado por profesionales, por personal técnico y, por otro lado, una estructura homogénea.
Para mí el problema jurídico o, incluso, constitucional sería si esta estructura mínima no tuviera racionalidad, fuera desproporcionada, mínima o exagerada en su amplitud. Me parece que la estructura que estamos señalando es plenamente justificable, y en esa medida yo sostengo que estamos haciendo lo correcto para garantizar la correcta y adecuada coordinación.