Contralor de Cd. Mendoza debe ser removido de su cargo

por La Tia Justa

**No cumple con los requisitos

Ciudad Mendoza

Por: La TíaJusta

De acuerdo al portal del Registro Nacional de Profesionistas en su apartado de consulta de Cédulas Profesionales, el recién nombrado contralor del Ayuntamiento de Ciudad Mendoza, Rafael Sánchez Trujillo, así como el secretario del ayuntamiento, Hector Rodriguez Cortés, no cuentan con título, ni cédula profesional para ostentar el cargo que les fue conferido por el cabildo mendocino.
Tal hecho se puede constatar en la pagina oficial; https://www.cedulaprofesional.sep.gob.mx/cedula/presidencia/indexAvanzada.action , por lo que de acuerdo a la Ley Orgánica del municipio Libre el hasta ahora funcionario no puede mantenerse en el cargo.

Y es que de acuerdo a la última reforma de los articulos 67, 68 y 69, publicado en la Gaceta Oficial del Estado con fecha del 27 de noviembre del 2017, quedando de la siguiente manera:

II Contar con título profesional legalmente expedido y cédula profesional con una antigüedad mínima de cinco años al día de su designación, en alguna de las áreas económicas, contables, jurídicas o administrativas y contar con experiencia profesional de, cuando menos, cinco años en actividades relacionadas con el control o la fiscalización de recursos públicos.

Mientras que en el CAPÍTULO II DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL CENTRALIZADA SECCIÓN PRIMERA DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO en el Artículo 69 indica que: Cada Ayuntamiento contará con una Secretaría, cuyo titular será nombrado conforme a las disposiciones de esta ley. El Secretario del Ayuntamiento deberá contar preferentemente con título profesional, y tendrá a su cargo y bajo su inmediata dirección, cuidado y responsabilidad, la oficina y archivo del Ayuntamiento, con el acuerdo del Presidente Municipal.

Por lo que el Presidente municipal  deberá  tomar de forma inmediata cartas en el asunto, pues por Ley el actual Contralor no puede estar en el cargo.

A diferencia del Secretario del Ayuntamiento, que en su caso el artículo no fue reformado y puede o no tener título profesional.

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